Por alguna razón que no alcanzo a entender del todo, en Paraguay no se puede recibir dinero sino de manera abstrusa. Por ello me hice de una billetera Monero.
Aparte de todas las instituciones de internet prácticamente –Cloudflare, Replit, Github, ngrok, recoll, Interserver–, esta página sería imposible sin el trabajo de Idalina Insfrán-Villalba y sus muy apropiadas correcciones, que realiza en las pausas que se hace mientras prepara su tesis.
Update: Tesis ☑️
Hasta aca la actualización hacia atrás de las resoluciones. Son ~30 mil. Los anteriores pertenecen a otra Corte Suprema. Desde ahora quizás vaya mejorando algunos aspectos de ella pero si alguna actualización llego a hacer será sólo de resoluciones mas nuevas. El reconocimiento de caracteres fue todo un exito, si se encuentran con uno muy malo, le sugiero consulten el original —siempre deben hacerlo— en el caso es seguramente ilegible, no casi ilegible. De cualquier manera siempre pueden dejarme un mensaje en la pagina.
Hace algunos años todas las instituciones del estado tenían canal de
RSS. Ahora nadie lo tiene. Es más, tratan que uno no lo
haga, por decirlo así, client-side. Hace tiempo que uso un
canal de Telegram, donde he ido agregando los feeds en la
medida en que tenía tiempo y ganas y hoy me resulta muy útil, como a
veces molesto. La Corte es capaz de hacer una nueva publicación a las
01:00 a.m.
Filebase mantiene mis archivos pesados disponibles siempre. Es bueno echarle un ojo y ver qué tiene para ofrecer.
Ocr Space. Prueba su api. Es lo mejor.
Producción de Proyectos bajo los stándares de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. Asunción, Paraguay.
Servicios de certificación de documentos, cumpliendo con todos los requisitos legales necesarios. Ya sea para trámites personales, laborales o académicos.
Los siguientes links son casi idénticos. ´blog’ es el que finalmente dejaré.
Todas la resoluciones disponibles al momento y las que luego se
disponga se las debe comparar con las disponibles en
https://www.csj.gov.py. Estas pretenden ser copias fieles
de aquellas, pero como en parte se utiliza para ello un sistema
automatizado es imprescindible corroborar con la fuente respectiva
utilizando los datos de número de resolución y año.
En ese sentido los textos contenidos en esta web —aunque fueran
visualizados en forma de `pdf que es una opción de la misma
y a la que se accede haciendo clik sobre el nombre del archivo de la
resolución— son solo referencias a los originales contenidas en la web
fuente de la Corte Suprema de Justicia, y no pueden ni pretenden
subsituir a la fuente original, por lo que todo usuario se compromete a
hacer las comparaciones debidas adecuadas con el solo hecho de efectuar
una búsqueda tanto si lo recupera en formato de texto, o como pdf o en
cualquier otro formato que en el futuro pudiera ofrecerse.